La Comisión Disciplinaria de la FIFA sancionó a Academia Deportiva Puerto Cabello Fútbol Club por fallar una segunda evaluación de cumplimiento ante la FIFA Clearing House, procedimiento necesario para procesar determinados pagos relacionados con recompensas por formación y contribuciones de solidaridad.
La decisión fue adoptada el 26 de mayo de 2026 bajo el expediente FDD-27887 y estuvo a cargo del colombiano Jorge Iván Palacio, vicepresidente de la Comisión Disciplinaria de la FIFA.
¿Qué ocurrió con Academia Puerto Cabello?
De acuerdo con la decisión disciplinaria, el club no logró completar satisfactoriamente la evaluación de cumplimiento exigida por la FIFA Clearing House. Este procedimiento contempla, entre otros aspectos, el cumplimiento de leyes nacionales e internacionales, sanciones y restricciones de pagos internacionales, prevención del lavado de dinero, prevención del soborno y la corrupción y prevención del financiamiento del terrorismo.
La evaluación constituye un requisito previo para que la FIFA Clearing House pueda procesar determinados pagos vinculados con recompensas de formación y contribuciones de solidaridad.
Academia Puerto Cabello ya había incurrido en una primera falla de cumplimiento. Posteriormente, volvió a fallar una segunda evaluación, situación que activó las sanciones previstas en el artículo 17.8 del Reglamento de la FIFA Clearing House.
El incumplimiento tuvo consecuencias económicas para los clubes formadores involucrados, ya que el proceso de pagos no pudo completarse oportunamente.
El club tuvo tres días para responder
La FIFA Clearing House SAS fue la entidad que solicitó la información al club y comunicó posteriormente la existencia de una nueva falla en la evaluación. El procedimiento disciplinario fue formalizado por la Secretaría General de la FIFA.
El 20 de mayo de 2026, Academia Puerto Cabello recibió la notificación formal de la Secretaría General de la FIFA sobre el incumplimiento. Ese mismo día, la Secretaría de la Comisión Disciplinaria le concedió un plazo de tres días para presentar su posición y explicar lo que considerara pertinente.
Sin embargo, según la resolución, el club no presentó ninguna respuesta dentro del plazo establecido. Una vez vencido el término, el expediente fue sometido a consideración de la Comisión Disciplinaria, que tomó su decisión el 26 de mayo de 2026.
Las operaciones y los futbolistas involucrados
El expediente hace referencia a distintas operaciones relacionadas con futbolistas que generaron obligaciones económicas por formación o solidaridad.
Entre las operaciones consideradas para la primera falla aparecen Meireles Injai, en una operación entre FC Vizela y Academia Puerto Cabello por concepto de compensación por formación, por USD 10.709,69; Eduardo Enrique Fereira Peñaranda, en varias operaciones relacionadas con Casa Pia AC y contribuciones de solidaridad; y Rui Isaac Alleyne González, por una compensación por formación de USD 9.260,27.
Posteriormente aparecen otras operaciones vinculadas con Musa Isah, Luifer Enrique Hernández Quintero, Matías Rafael Lacava, Meireles Injai y Carlos Augusto Rojas Torres.
Entre ellas se encuentran una compensación por formación de USD 3.342,47 relacionada con Musa Isah; operaciones de Luifer Hernández Quintero por contribuciones de solidaridad de USD 25,21, USD 30.243,37 y USD 30.218,16; una compensación de formación de EUR 575,34 vinculada con Matías Lacava; y otra de EUR 11.065,57 relacionada con Meireles Injai. También aparece una contribución de solidaridad de USD 46,92 correspondiente a Carlos Augusto Rojas Torres.
Las sanciones impuestas por la FIFA
La Comisión Disciplinaria determinó que Academia Puerto Cabello incurrió en una primera y una segunda falla de la evaluación de cumplimiento y, por ello, impuso varias medidas disciplinarias.
La primera es una multa de USD 3.000, que debe ser pagada directamente a la FIFA.
La segunda, y de mayor impacto deportivo, es una prohibición para registrar nuevos jugadores tanto a nivel nacional como internacional.
La medida debe ser aplicada automáticamente por la Federación Venezolana de Fútbol en el ámbito nacional y por la FIFA en el ámbito internacional.
Una sanción sin plazo fijo
Uno de los aspectos más relevantes de la decisión es que la FIFA no estableció una duración determinada en meses ni un número específico de ventanas de transferencias para la prohibición.
El castigo permanecerá vigente hasta que se cumplan simultáneamente dos condiciones:
- Que la FIFA Clearing House confirme que Academia Puerto Cabello aprobó una nueva evaluación de cumplimiento.
- Que el club pague íntegramente la multa de USD 3.000 impuesta por la FIFA.
Por lo tanto, el levantamiento de la prohibición no depende únicamente del pago de la multa. El club deberá superar además una nueva evaluación ante la FIFA Clearing House.
Amonestación y recargo adicional
La resolución también contempla una amonestación para Academia Puerto Cabello y el pago de un recargo equivalente al 2,5% de la recompensa de formación calculada sobre la orden de pago número 86627, correspondiente a Musa Isah.
La orden de pago asciende a USD 3.342,47, por lo que el recargo representa aproximadamente USD 83,56.
Este monto deberá ser pagado a través de la FIFA Clearing House y funciona como compensación sustitutiva de los intereses derivados del retraso en el pago de la recompensa de formación.
¿Cómo afecta la sanción al club?
La prohibición de registrar jugadores puede tener un impacto directo en la planificación deportiva de Academia Puerto Cabello mientras permanezca vigente.
La medida afecta la posibilidad de incorporar nuevos futbolistas, tanto provenientes de otros clubes venezolanos como del extranjero, y puede condicionar la planificación de futuras ventanas de transferencias.
Además, la Federación Venezolana de Fútbol fue instruida para implementar la prohibición y enviar a la FIFA la prueba correspondiente de su cumplimiento. El organismo internacional advirtió que un incumplimiento en la ejecución de la medida podría derivar en nuevas sanciones.
Un caso con antecedentes
El expediente FDD-27887 no constituye el primer procedimiento relacionado con Academia Puerto Cabello y las evaluaciones de cumplimiento ante la FIFA Clearing House.
La decisión hace referencia a los expedientes disciplinarios FDD-20718, FDD-20727 y FDD-23237, relacionados con procedimientos anteriores en los que el club ya había sido sancionado por una primera falla de cumplimiento.
Posteriormente se produjeron nuevas operaciones vinculadas con futbolistas como Musa Isah, Luifer Hernández Quintero, Matías Lacava, Meireles Injai y Carlos Rojas Torres. La FIFA aclaró que estas operaciones fueron consideradas dentro de una nueva evaluación, mientras que la segunda falla sancionada en el expediente FDD-27887 estuvo relacionada principalmente con las operaciones que habían originado el procedimiento anterior.
La decisión podía ser apelada
Academia Puerto Cabello tenía la posibilidad de recurrir la decisión directamente ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (CAS).
El plazo establecido para presentar la declaración de apelación era de 21 días desde la recepción de la notificación. Posteriormente, el apelante disponía de diez días adicionales, contados desde el vencimiento del primer plazo, para presentar el escrito con los hechos y argumentos jurídicos de su recurso. Inexplicablemente Academia Puerto Cabello no apeló.
La resolución, por tanto, sitúa al club porteño ante una situación administrativa y deportiva que va más allá de una multa económica: el club queda impedido de registrar jugadores hasta que regularice su situación ante la FIFA Clearing House y cumpla con las condiciones establecidas por la Comisión Disciplinaria.
